Marihuana con Fines Medicinales


Marihuana con fines medicinales

En 1996, la Proposición 215 eliminó sanciones penales por el uso, la posesión y el cultivo de marihuana para los pacientes cuyos médicos se la recomendaban. Llamada la “Ley para el Uso Compasivo”, se codifica en el Artículo 11362.5 del Código de Salud y Salubridad. Las condiciones para las cuales se ha aprobado la marihuana médica incluyen, sin limitarse a SIDA, anorexia, artritis, cáncer, dolor crónico, glaucoma, migrañas y nausea. El estatuto establece como límite de posesión estatal 6 plantas maduras o 12 plantas inmaduras de marihuana y hasta 8 onzas de flores de cannabis procesadas por paciente.

Cabe mencionar que la marihuana médica proporciona solamente una defensa parcial a los cargos de posesión de marihuana. Esta defensa no se aplica a la ley federal. Un individuo puede ser procesado judicialmente bajo la ley federal, la cual no reconoce la necesidad médica/defensa de marihuana de California.

Delitos por posesion de Marihuana

Por posesion de una onza o menos, el cargo sera: Solo por infraccion, no habra encarcelamiento pero si una multa de $100.

Por posesion de mas de una onza, el cargo es: Delito menor con una pena de carcel de 6 meses y una multa de $500.

Menor de edad en posesion de una onza o menos en un plantel escolar, mientras la escuela esta en sesion; 1ra infraccion el cargo es: Delito menor sin pena de carcel y con una multa de $250.

Segunda infraccion de un menor en un plantel escolar, el cargo es: Delito menor con pena de carcel por 10 dias y una multa de $500.

Adulto con posesion de menos de una onza en un plantel escolar, los cargos son: Delito menor con pena de carcel por 10 dias y una multa de $500

Inducir a un menor de edad a consumir marihuana, el cargo es: Delito mayor, con pena de 3-7 años de carcel.

Posesion de canabis concentrado el cargo es: Delito mayor-Delito menor con una condena de 1 año de prision en la carcel del condado o 3 años en la prision estatal, con una multa de $500

Delitos por cultivo y venta de Marihuana

Por el delito de cultivo en cualquier cantidad, el cargo es: Delito mayor, con una pena de 16-36 meses de carcel.

Por el delito de venta en cualquier cantidad, el cargos seran: Delito mayor, con una pena de 2-4 años de carcel.

Por el delito de venta a un menor de edad, el cargo sera: Delito mayor, con una pena de 3-7 años de carcel.

Regalo de menos de una onza, el cargo es: Delito menor con una multa de $100

Regalo a un menor de 14 años, el cargo es: Delito mayor, con una pena de 3-7 años de carcel.

Regalo a un menor de 14-17 años, el cargo es: Delito mayor, con una pena de 3-5 años de carcel.

Delitos por trafico de Marihuana

Por el delito de trafico en mas de una onza, el cargo es: Delito mayor, con una pena de 2-4 años de carcel.

Usar a menor de edad para traficar marihuana, el cargo es: Delito mayor, con una pena de 3-7 años de carcel.

Excepción para la marihuana con fines médicos

Suspensión de los privilegios de conducir para los menores de edad: De acuerdo con lo que dispone el Artículo 13202.5 del Código de Tránsito Vehicular de California, todo menor de 21 años de edad que sea condenado por cualquier infracción relacionada con la marihuana se enfrenta a una suspensión de su licencia de conducir durante 12 meses. Esta infracción no tiene que estar relacionada con conducir.

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