De acuerdo con el código penal del estado de California PC 646.9 (a), el acosar a alguien significa involucrase en una conducta que molesta alarma y aterroriza seriamente a una persona y esta teme razonablemente por su seguridad ya que el acusado puede llevar a cabo una acción. Una amenaza creíble puede hacerse verbalmente, por escrito o electrónicamente. La amenaza también puede estar implícita en un patrón de conducta o una combinación de declaraciones y conducta.
Una persona puede ser acusada de acoso si el fiscal cree que el acusado hizo lo siguiente:
- Acosar intencional y maliciosamente a una persona en repetidas ocasiones.
- El acusado hizo una amenaza creíble con la intención de poner a la persona en estado de temor por su vida y la de su familia.
El acecho es una ofensa que se lleva a cabo con el tiempo en repetidas ocasiones, Cuantas veces se debe acosar o amenazar a una víctima para que el acusado sea acusado del delito de acecho? Dependerá de las circunstancias del caso.
SENTENCIAS POR ACOSO
Una sentencia de libertad condicional puede ser real después de una condena por acoso, las sentencias de libertad condicional se sirven en un estado de supervisión y esta puede ser formal (con un oficial de libertad condicional) o informal (sin oficial de libertad condicional) algunas sentencias incluyen términos para sentencias de cárcel cortas, algunas se terminan cumpliéndose en arresto domiciliario o liberación laboral en lugar de cárcel.
Si el acusado es condenado a prisión por condenas de PC 646.9 (en lugar de ser condenado a libertad condicional), es posible que no se le suspenda o se le separe la pena de prisión (Ver PC 1170h Crímenes).
CASTIGOS COLATERALES POR ACOSO
Además de posibles condenas de prisión, si se le encuentra culpable del delito de acoso), se le puede ordenar al acusado que pague multas e indemnización, puede perder su licencia profesional, pierda su estado migratorio (ciudadanos no estadounidenses), recibir la orden de asistir a clases de manejo del enojo, recibir órdenes de mantenerse alejado de la víctima, ser puesto en libertad condicional, y otras penas severas.
Defensas para delito de acoso
Las posibles defensas contra una acusación criminal de acecho bajo PC 646.9 incluyen, entre otras: defensa personal, error de hecho, coartada de defensa, conducta policial (confesiones forzadas o búsqueda ilegal y violaciones de incautación), evidencia insuficiente, locura, y más.
NOTA: Si lo acusan de un delito o es sospechoso de una acusación penal, debe contactar a un abogado de defensa criminal de PROGRESO LEGAL GROUP antes de hablar sobre cualquier caso, especialmente con la policía.